Los ingresos obtenidos mediante alquiler vacacional deben declararse en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En la mayoría de los casos se consideran rendimientos del capital inmobiliario, aunque pueden tratarse como actividad económica si el propietario ofrece servicios similares a los de un hotel. Además de la fiscalidad, muchas comunidades autónomas exigen registrar la vivienda turística y cumplir determinados requisitos legales. Por este motivo es recomendable revisar la normativa autonómica correspondiente antes de alquilar una vivienda como alojamiento turístico.
